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Dinero

Fondo de ahorro empleados: Un sistema que incentiva a los mexicanos a reunir dinero

No cabe duda de que el hábito de ahorrar está relacionado con la previsión. Posiblemente a este tema relaciones el término Fondo de Ahorro empleados o plan de ahorro, dependen del país donde estés, Lo cierto es que esta forma de guardar dinero puede permitirte hacerles frente a muchas situaciones que se pueden presentar en la vida. Te contamos su importancia y como optar a ello.

Descontextualizados con el ahorro

En el caso de estar en México posiblemente este hábito no es común. De acuerdo a los resultados de la Encuesta Nacional de Inclusión Financiera (ENIF), cerca de 54 millones de personas tienen una cuenta con bancos o instituciones financieras, un crédito formal y seguros o cuentas de ahorro para el retiro (Afores).

De esa cifra solo 13.5 millones de personas tienen una cuenta de ahorro, es decir que el 10.57% de todo el país (127.6 millones).

Es seguro que muchos desconozcan realmente el significado de un Fondo de Ahorro. Por elo te contamos que, en México, para incentivar el ahorro existe una prestación otorgada por las empresas.

Como se suele ver en otros países es un sistema de aportación por parte del colaborador, que será igualada por el patrón. Este Fondo de Ahorro para empleadores no está contemplado como prestación de ley, por lo que no es obligatorio. Si la empresa decide otorgarlo, se puede considerar que es una prestación por encima de la ley.

Se presenta como una prestación muy atractiva para cualquier persona ya que ahorrar es difícil, y hacerlo de forma automática y de manera constante representa el beneficio extra para el colaborador.

¿Cómo se calcula el Fondo de Ahorro empleados?

Según lo establecido por el Artículo 27 fracc. XI de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) viene establecido que para que las aportaciones al Fondo de Ahorro sean deducibles de impuesto, necesitan meterlo al plan de previsión social, además de esto:

Las aportaciones sean las mismas por parte de la empresa y el trabajador.

Las aportaciones no deben sobrepasar el trece por ciento (13%) del salario del empleado.

Que la aportación no exceda el monto equivalente de 1.3 veces la Unidad de Medida y Actualización (U.M.A.) elevado al año.

Si se exceden estos topes, el monto excedente será 100% gravable para el Impuesto Sobre la Renta (ISR)

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